Les adjunto carta que preparamos junto al diputado Alvaro Escobar sobre Probidad y Transparencia en Política
Al cumplir dos años y tres meses de mandato parlamentario, por voluntad de la ciudadanía que nos honró con su voto, esperanzada en nuestros discursos, en nuestras ideas y sueños por construir un Parlamento más innovador, por devolverle a los electores la credibilidad en los políticos, abiertos a recibir nuevas propuestas e impulsar rostros renovados, nos encontramos con un panorama sombrío, que raya en la desesperanza, pero que nos insta a gatillar nuestros últimos esfuerzos por sacudir a una clase política que requiere con urgencia propuestas transformadoras.

“Necesito voces en el Parlamentos”, nos decía la entonces candidata presidencial, Michelle Bachelet. Y nosotros sentíamos que éramos esas voces, o creíamos entender que representábamos aquellas aspiraciones. Nuestro discurso se plegó al suyo y los ciudadanos, al nuestro. Llenos de vitalidad entramos al Congreso, a construir desde la diversidad, a abrir los espacios, a replicar voces más allá de las paredes que separan a los partidos políticos de los electores.

Los proyectos y propuestas de ley son un claro ejemplo de nuestros intentos por hacer del discurso una norma, y de la norma una conducta. En tan sólo 27 meses de labor legislativa, los suscritos hemos presentado más de 200 proyectos de ley e iniciativas, y más de 50 propuestas en el ámbito de la institucionalidad, todas orientadas a recoger las justas aspiraciones de quienes a estas alturas parece que ya no aspiran a mucho. Estas iniciativas que no han contado con la urgencia del Gobierno son:

Indicación que amplía el concepto de patrimonio incorporado por la ley N° 20.088, a la ley N° 18.575, Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, y establece nuevas exigencias que indica (probidad).

Establece impedimentos para ocupar cargo en instituciones privadas sujetas a fiscalización por el funcionario respectivo (inhabilita a ex funcionarios públicos para ocupar cargos en empresas que hubieran estado sujetas a su fiscalización) (agenda transparencia).

Reforma Constitucional que elimina el N° 7 del artículo 57 de la Carta Fundamental, permitiendo a los dirigentes sindicales ser candidatos a la Cámara de Diputados o al Senado (RC).

Reforma la Constitución Política de la República estableciendo un referendo revocatorio (RC) (cargos de elección popular).

Establece impedimentos para ocupar cargo en instituciones privadas sujetas a fiscalización por el funcionario respectivo (inhabilita a ex funcionarios públicos para ocupar cargos en empresas que hubieran estado sujetas a su fiscalización) (agenda transparencia).

Reforma Constitucional que establece un límite a la reelección para los cargos de diputado, senador y concejal (RC).

Modifica la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, estableciendo límite a la reelección de cargo de alcalde.

Reforma Constitucional que consagra la definición de probidad y transparencia, amplía la atribuciones del Tribunal Constitucional en materia que indica y otorga nueva facultad que señala al Presidente de la República (RC).

Establece la obligatoriedad de presentar declaración de intereses al momento de inscribir una candidatura.

Modifica la ley N° 18.918, con el objeto de establecer la obligatoriedad de que senadores y diputados den cuenta pública de su gestión.

Reforma Constitucional que instaura la iniciativa popular de generación de una ley. (Boletín 4191.07)

Reforma Constitucional que modifica el artículo 57, en materia de inhabilidades parlamentarias

Reforma Constitucional que modifica el artículo 51 de la Constitución Política, en orden a modificar el sistema de reemplazo de Diputados y Senadores en los términos que indica.

Crea la figura del "fideicomiso ciego" para los funcionarios públicos que indica

Reforma la Constitución Política de la República, derogando la facultad presidencial de otorgar indultos particulares

Propone, junto a otros parlamentarios, Proyecto de Ley que modifica la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre votaciones y escrutinios y la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el objetivo de resguardar la igualdad de los candidatos de cargos de elección popular y establecer limitaciones a las ceremonias inaugurales de obras, servicios y programas sociales durante el período electoral con las excepciones que indica.

Propone, junto a otros parlamentarios, Proyecto de Ley que modifica la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, estableciendo una nueva inhabilidad para ser Alcalde y Concejal basada en la existencia de lazos de parentesco entre ambas autoridades.

Propone, junto a otros parlamentarios, Proyecto de Ley que modifica la Ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre votaciones y escrutinios incorporando medidas para asegurar la probidad en la ejecución de las campañas y la igualdad de los candidatos a cargos de elección popular, estableciendo delitos de carácter electoral que pueden cometer los candidatos y otras personas ligadas a la candidatura.

Propone una indicación al Proyecto de Ley que establece impedimentos para ocupar cargo en instituciones privadas sujetas a fiscalización por el funcionario respectivo (Boletín Nº4186-07)

La Agenda de Integridad” también promueve la Probidad, Transparencia y Calidad de la Política en el siguiente tenor:

Reforma Constitucional que precisa los conceptos de probidad y transparencia, regulando los conflictos de intereses que involucran a parlamentarios en ejercicio.

Reforma de ley orgánica de la administración del estado que obliga a declarar como “interés” todas las áreas económicas, profesionales, de amistad o parentesco y reduce a dos años el plazo para renovar la declaración de intereses.

Reforma de Ley Orgánica del Congreso Nacional que prohíbe a los parlamentarios votar asuntos de índole general que interesan al gremio, profesión, industria o comercio al que pertenezcan. Esta moción fue recogida por el mensaje sobre Probidad, Modernización del estado y calidad de la Política que fue rechazada por los parlamentarios en ejercicio.

Modifica el Código Procesal Penal, para extender a los parlamentarios la obligación de denunciar ante la justicia los delitos de que tomen conocimiento.

Proyecto de ley que obliga a constituir "fideicomiso ciego" a los funcionarios públicos cuyo patrimonio exceda los $500.000.000.‑ (quinientos millones de pesos), debiendo entregar la administración de todos sus negocios e inversiones a un tercero.

Reforma Constitucional que promueve la transparencia de los órganos del estado, garantizando una respuesta adecuada y eficiente a quienes ejercen el derecho de petición.

Reforma Constitucional que elimina la atribución de un partido político para designar al reemplazante de un parlamentario y repone el sistema de elecciones complementarias.

Reforma constitucional que permite renunciar al fuero parlamentario con el objeto de comparecer ante la Justicia.

Reforma Constitucional que inhabilita como candidato al parlamento a quienes tengan parientes desempeñándose como alcalde en el distrito o circunscripción respectiva. Subsiste el derecho a presentarse como candidato a diputado o senador por otras zonas.

Reforma a Ley Orgánica Municipal que inhabilita como candidato a alcalde a quienes tengan parientes desempeñándose como diputado o senador en el distrito o circunscripción al que pertenece la comuna. Subsiste el derecho a presentarse como candidato a alcalde por otra comuna.

Reforma de ley orgánica de Gobierno y Administración Regional que prohíbe la designación de un intendente o gobernador que tuviere a parientes desempeñándose como parlamentario por el distrito o circunscripción que corresponda al territorio de la región o provincia por el cual se le designa.

Reforma a Ley Orgánica de Bases de la Administración del Estado que prohíbe designar como Ministros de Estado, Subsecretarios o Jefes de Servicio de órganos de la administración centralizada y/o descentralizada del Estado, a personas que tuvieren parientes desempeñándose en alguno de los cargos que componen la directiva nacional de un partido político.

Modifica la Ley Orgánica de Partidos Políticos para prohibir el desempeño en cargos de la directiva nacional de un partido político a las personas que tuvieren al tiempo de la elección o del ejercicio de su cargo a parientes desempeñándose como Ministros de Estado, Subsecretarios y Jefes de Servicio de órganos de la administración centralizada y/o descentralizada del Estado.

Reforma a la Ley Orgánica de Bases de la Administración del Estado que prohíbe designar como Ministros de Estado a las personas que tuvieren parientes desempeñándose simultáneamente como diputados o senadores.

Reforma a Ley Orgánica de Votaciones Populares que establece la obligación de presentar declaración de intereses al momento de inscribir una candidatura

Reforma a Ley Orgánica de Votaciones Populares que establece la obligación de presentar un programa político al momento de inscribir una candidatura para cargos de elección popular.

Reforma Constitucional que establece la obligación de acreditar residencia en el distrito o circunscripción al momento de inscribir una candidatura a diputado o senador.

Reforma a la Ley Orgánica Municipal que establece la obligación de acreditar residencia en la comuna o agrupación de comunas al momento de inscribir una candidatura a alcalde o concejal.

Reforma a Ley Orgánica de Votaciones Populares que previene penas de presidio y multa para los candidatos al parlamento que falsifiquen los datos que deben acompañar a la inscripción de una candidatura.

Reforma a Ley de Transparencia de Gasto Electoral que obliga a efectuar la rendición de cuentas por ingresos y gastos electorales a más tardar dentro del tercer día antes de la elección.

Reforma a Ley de Transparencia de Gasto Electoral que impone la responsabilidad solidaria entre el candidato y su administrador electoral.

Reforma a Ley de Transparencia de Gasto Electoral que impide asumir cargos a candidatos electos cuya rendición de cuentas presenten indicios fundados de crimen o simple delito declarados por el Servicio Electoral.

Reforma Constitucional que consagra la publicidad de las nóminas de militantes de un partido político y sanciona la discriminación o persecución política.

Modifica Ley Orgánica de Partidos Políticos para obligarlos a transparentar -vía WEB- todas las actividades o reuniones partidistas y el objeto de las mismas.

Modifica Ley Orgánica de Partidos Políticos para vincularlos a los principios de probidad y transparencia, regular eventuales conflictos de interés y obligar a todo partido político a promulgar un Código de Ética pertinente.

Modifica Ley Orgánica de Partidos Políticos para obligar a los integrantes de sus órganos directivos a presentar una declaración de intereses ante el Servicio Electoral y garantizar el acceso ciudadano a las mismas.

Modifica la Ley Orgánica de Partidos Políticos para reordenar las prioridades en sus objetivos, haciendo énfasis en la difusión de sus postulados doctrinarios y la formación ciudadana por sobre la persecución de poder para sus militantes.

Modifica la Ley Orgánica de Votaciones Populares, para establecer un catálogo de delitos electorales para entre los que destaca la prohibición de pagar u ordenar pagar, cuentas de servicios básicos y deudas de cualquier naturaleza a las personas que tuvieren la calidad de electores o efectuar regalos de campaña que consistan en productos considerados como de la canasta básica familiar.

Modifica la ley Orgánica de Votaciones y la de Municipalidades para prohibir - durante el período electoral - la inauguración de obras inconclusas o que no cuenten con todos lo permisos legales y cuya puesta en marcha no sea imprescindible para el correcto funcionamiento de un determinado servicio público.

Modifica la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades que resguarda el rol fiscalizador del Concejo Municipal, prohibiendo – en una misma comuna - la candidaturas simultáneas a alcalde y concejal de personas unidas por lazos de parentesco.

Modifica Ley Orgánica de Gobierno y Administración Regional que prohíbe designar como secretarios regionales ministeriales a parientes de un diputado, senador, intendente o gobernador por el distrito o circunscripción, provincia o región por el que se le designa.

Reforma Constitucional que faculta al Presidente de la República para plebiscitar proyectos de reforma constitucional –originados en mensaje- que fueran objeto del rechazo sucesivo por ambas cámaras del Congreso Nacional.

Modifica la ley Orgánica de Bases de la Administración del Estado, para reducir de 4 a 1 año la obligación de renovar la declaración de patrimonio y la declaración de intereses.

Modifica la ley Orgánica de Bases de la Administración del Estado para consagrar la obligación de incorporar los antecedentes de los cónyuges y de los convivientes en la declaración de patrimonio.

Modifica la ley orgánica de Votaciones populares, con el objeto de consagrar la obligación de presentar declaración de patrimonio al momento de inscribir una candidatura.


Estas son algunas de las propuestas que necesariamente deben enfrentar el cedazo parlamentario que en muchos casos ni siquiera da espacios para la discusión y que se aferra a la decisión inquisidora de otros, quienes, en Democracia, se niegan a ejercerla, sin entender que las aspiraciones colectivas se fundan en las diferencias individuales legítimas, por lo demás, de todo ser humano.

Tal vez lo descrito no debiera sorprender. Mal que mal, mucho antes de asumir esta aventura, en principio quijotesca hoy casi kafkiana, éramos testigos pasivos de un Estado donde la clase política tomaba las riendas y el resto asentíamos casi con desdén. Tocados por la innovadora aspiración de nuestra Presidenta, Michelle Bachelet, seguimos sus pasos e intentamos dejar huella con los nuestros, con la dura tarea de transformar y de airear donde falta más creación.

Y la tarea transformadora tenía que partir en casa, única manera de demostrarle a la sociedad que nuestro discurso era y sigue siendo sensato. Por ello apoyamos con fuerza la reforma constitucional sobre Ley de Probidad y Transparencia, así como también las normas que limitaban el ejercicio legislativo de diputados y senadores. De la primera propuesta vimos con asombro cómo los mismos legisladores de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, dejaban sin sanción la Ley de Transparencia y Límites en el Gasto Electoral, que tampoco había ánimo por normar cuando se trataba de votar asuntos donde claramente habían intereses particulares ni menos ganas de someterse al Fideicomiso Ciego, reservado única y exclusivamente para aquellos que postulan a la Presidencia, dato no menor que claramente tiene nombre y apellido. Respecto al límite del ejercicio de los congresistas, la propuesta lisa y llanamente nunca más volvió a la sala

Nos confesamos, somos voluntaristas. Qué posibilidades tenemos de avanzar en una propuesta de agenda de Probidad que cae en manos de quienes no somos capaces de compatibilizar con los intereses públicos y que a diferencia de ministros, con quienes compartimos iguales ingresos monetarios, no tenemos ninguna espada de Damocles sobre nuestras cabezas, y no sujetos a ningún tipo de sanción.

Frente a la inercia de algunos de nuestros pares oficialistas, y también de una oposición que le teme a la Democracia, negándose al debate, a los votos de los chilenos en el extranjero, a los cambios en el sistema binominal para hacernos creer que el 65 por ciento es igual al 33, desechando de paso los esfuerzos de la Comisión Boenninger por la sencilla razón que amenazaba con parcelar la máquina electoral de los mismos, nos declaramos en rebeldía. Desde ya anunciamos que a propósito de las próximas elecciones municipales recorreremos el país para alentar a los innovadores, vengan de donde vengan, y para desalentar a los continuadores, también vengan de donde vengan.

Es la consecuencia de la inconsecuencia.
Marco Enríquez-Ominami
Alvaro Escobar
DIPUTADOS

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Me parece muy acertado el comentario que realizan.

Saludos

Andres Olea dijo...

Sr Marco Enríquez-Ominami:
Mi nombre es Andrés Olea, soy actor y Tarotista de la Plaza de Armas, y le escribo con el objetivo de establecer algún tipo de contacto que nos ayude a poder trabajar en paz en la Plaza.
Asumiendo que esta es una de las tantas peticiones similares al respecto, me gustaría hacer uso de la historia del Sindicato Nacional de Artes Esotéricas, cuyo grupo fundador ya va a cumplir los 10 años, y que entre sus principales logros se encuentra la derogación de la ley que Prohibía las prácticas esotéricas, en el año 2004.
Nos reconocemos y nos reconocen como parte de la vida de la plaza de armas, hemos luchado en contra de los estafadores y la delincuencia. Lamentablemente, y después de haber seguido todas las instrucciones que nos ha dado la Municipalidad de Santiago y superando todos los obstáculos que ellos mismos nos han puesto, seguimos dependiendo del criterio del Señor Alcalde, el cual de plano se niega a darnos el derecho a trabajar en un espacio por el cual hemos luchado y protegido por casi una década.
No nos negamos a cumplir obligaciones tributarias, no nos negamos a la fiscalización (de hecho siempre la pedimos), somos un grupo disciplinado y tolerante, y queremos trabajar.
Hasta ahora hemos dado una sana orientación a Miles de Chilenos, de todos los estratos sociales, y de todas las profesiones, y nos hemos preocupado de crecer y mejorar en cualquier aspecto que nuestra profesión requiera.
Con un saludo cordial me despido, esperando sobre todo, que se nos reconozca como parte de la vida de un sector que sin cultura, es solo un pasillo.
Andrés Olea.

Marco Antonio Enríquez-Ominami Gumucio. dijo...

Estimados, gracias por sus comentarios, es más fácil ubicarme mediante mi email, menriquez-ominami@congreso.cl